Fiscal

Lo que Necesita Saber Sobre la Franquicia del Programa Paisano

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) por conducto del Servicio de Administración Tributaria (SAT) informó que dio inicio el periodo de vigencia del Programa Paisano con motivo de las vacaciones de Semana Santa.


La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) por conducto del Servicio
de Administración Tributaria (SAT), dio a conocer el inicio del periodo de
vigencia del Programa Paisano con motivo de las vacaciones de Semana Santa.
Este programa ofrece diversas facilidades para los mexicanos que regresan al
país.

No Se Pierda:

El Programa Paisano se puso en operación por primera vez en diciembre de
1989 y por varios años sólo funcionó en periodos vacacionales. Es un acuerdo
por el que se instrumentan acciones de mejoramiento de los servicios públicos
federales en las fronteras, puertos marítimos y aeropuertos internacionales
del país, para que los connacionales al retornar al país reciban un trato
justo, orientación adecuada y respeto a sus derechos humanos y bienes
patrimoniales. Desde entonces, poco a poco las acciones para salvaguardar los
derechos de los connacionales en su ingreso o tránsito a México se fueron
ampliando.

Declaraciones Por Internet

La autoridad fiscal recuerda a la ciudadanía, que para agilizar su ingreso y
además evitar molestias y trámites al ingresar al país, es posible llenar la
Declaración de Aduana previamente por internet
y sólo entregarla al
momento de cruzar la aduana a México.

Así mismo, se deberá declarar ante la aduana a la llegada o salida del país,
si se llevan más de 10,000 dólares, esta declaración también puede hacerse
por internet.

Vehículos

Quienes viajen en su vehículo a México, pueden hacer el trámite de
importación temporal antes de llegar a la aduana y cancelarlo al regresar
al extranjero. El trámite se hace a través de banjercito.gob.mx, así como en
los consulados en Estados Unidos, o bien directamente en los módulos CIITEV
de las aduanas, hasta con 60 días de anticipación. Puede obtener más
información aquí

La Franquicia

Es el valor total permitido de las mercancías que una persona puede ingresar
al país, como parte de su equipaje sin el pago de los impuestos
correspondientes.
Así los pasajeros pueden introducir al territorio
nacional, mercancía cuyo valor no exceda la franquicia, Sin tener que
preocuparse por el pago de impuestos.

La franquicia es por pasajero. Cuando se trata de familias, cada uno de
los integrantes tiene derecho a la franquicia, y puede acumularse si
viajan juntos en el mismo medio de transporte
, excepto si son residente de
la franja o región fronteriza.

En este periodo vacacional que comprende del 13 de marzo al 13 de abril de
2015
, el monto de la franquicia se incrementó a 500 dólares, para los
pasajeros de nacionalidad mexicana (paisanos) que arriben al país por vía
terrestre.

¿Qué se Puede Ingresar?

Entre los artículos que se pueden ingresar se encuentran:

  • Bienes de uso personal, como ropa (incluido 1 ajuar de novia) calzado y productos de aseo y de belleza.
  • 2 cámaras fotográficas o de videograbación, así como material fotográfico.
  • 3 equipos portátiles de telefonía celular o de las otras redes inalámbricas.
  • 1 equipo de posicionamiento global (gps), una agenda electrónica.
  • 1 equipo de cómputo portátil de los denominados laptop, notebook, omnibook o similares.
  • 1 copiadora o impresora portátiles, 1 quemador y 1 proyector portátil, con sus accesorios.
  • 2 equipos deportivos personales, 4 cañas de pesca, 3 deslizadores con o sin vela y sus accesorios.
  • Trofeos o reconocimientos, siempre que puedan ser transportados.
  • 1 aparato portátil para el grabado o reproducción del sonido o mixto, o 2 de grabación o reproducción de imagen y sonido digital y 1 reproductor portátil de dvd, y a su vez 1 equipo de bocinas portátiles.
  • 5 discos láser, 10 discos dvd, 30 discos compactos, 3 paquetes de software y 5 dispositivos de almacenamiento para cualquier equipo electrónico.
  • Libros, revistas y documentos impresos.
  • 5 juguetes, incluidos los de colección, y 1 consola de videojuegos, y además 5 videojuegos.
  • 1 aparato para medir presión arterial y 1 para medir glucosa o mixto y sus reactivos, así como medicamentos de uso personal (para sustancias psicotrópicas se le pedirá la receta médica).
  • Velices, petacas, baúles y maletas o cualquier otro artículo necesario para el traslado del equipaje.
  • 1 binocular y 1 telescopio.
  • 2 instrumentos musicales con sus accesorios.
  • 1 tienda de campaña y artículos diversos para campamento.
  • 1 juego de herramientas de mano con su estuche, que podrá consistir en: 1 taladro, pinzas, llaves, dados, desarmadores, cables de corriente, entre otros.
  • Pasajeros mayores de 18 años, un máximo de 10 cajetillas de cigarros, 25 puros o 200 gramos de tabaco; hasta 3 litros de bebidas alcohólicas y 6 litros de vino.
  • Adultos mayores y las personas con discapacidad, cualquier tipo de artículo que por sus características suplan o disminuyan sus limitaciones, tales como andaderas, sillas de ruedas, muletas, bastones, entre otros.
  • 3 mascotas o animales de compañía que viajen con el pasajero, tales como gatos, perros, canarios, hámsteres, cuyos, periquitos australianos, ninfas, hurones, pericos, tortugas, aves silvestres de tamaño pequeño (excepto rapaces), además de los accesorios requeridos para su traslado y aseo (se requiere el certificado zoosanitario para importación, expedido por la Sagarpa; en caso de tratarse de animales de vida silvestre, deberá presentar además el Registro de Verificación expedido por la Profepa).

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