Hacer las declaraciones mensuales no es tan complicado con el Servicio de Declaraciones y Pagos que pone a su disposición el SAT, ya que genera el cálculo automático de impuestos tomando en cuenta las últimas disposiciones fiscales.
Las personas físicas y morales que estan obligadas a presentar declaraciones mensuales ante la autoridad fiscal, pueden hacerlo a través del Servicio de Declaraciones y Pagos. Este servicio facilita la presentación de las declaraciones de pagos provisionales o definitivos de impuestos federales y tiene la ventaja de incorporar las últimas disposiciones fiscales.
El servicio genera las línea de captura necesarias para realizar el pago de sus obligaciones fiscales en cualquier banco autorizado. Además, el Servicio de Declaraciones y Pagos cuenta con la opción de cálculo automático de los impuestos y para utilizarlo, sólo será necesario contar con el registro de los ingresos, deducciones, entre otras cifras organizadas y sumadas mensualmente para poder capturarlas en el sistema, para lo cual puede utilizar la Bitácora de información con la que se facilita la captura de dicha información. Las personas morales deberán contar con los papeles de trabajo que correspondan al periodo que se vaya a declarar.
Las personas físicas pueden realizar el pago de impuestos correspondiente en las siguientes modalidades: depósito, transferencia electrónica, cheque personal del mismo banco ante el cual se realiza el pago o con tarjeta de crédito o débito, cuando sus ingresos en el año anterior sean menores a 1 millón 750 mil pesos, o si se trata de personas físicas que tengan ingresos por arrendamiento o por actividades profesionales que no hallan excedido los 300 mil pesos. Para el resto de las personas físicas al igual que para las personas morales, el pago debe realizarse con la línea de captura a través de transferencia electrónica desde el portal de banca electrónica que proporcione la institución bancaria a la que pertenezca la cuenta.
Tome en cuenta que sólamente se considerará que se cumplió con los pagos provisionales y definitivos cuando se halla presentado la declaración en el Servicio de Declaraciones y además se lleve a cabo el pago correspondiente en caso de resultar alguna cantidad a pagar. Si no se tiene impuesto que pagar en alguno de los meses, de igual forma debe presentar la declaración provisional o definitiva de cada mes en la misma aplicación, ya que sólo de esa forma es posible informar a la autoridad fiscal sobre esa siutación.
Las personas físicas que se encuentran bajo el Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) se encuentran exentas de utilizar este servicio, ya que en dicho régimen las declaraciones son bimestrales. El resto deberá utilizar el Servicio de Declaraciones y Pagos para presentar declaraciones provisionales o definitivas, al igual que las que tengan pendientes de años anteriores, incluyendo las complementarias.