Por ley, los patrones están obligados a emitir y entregar los recibos de nómina en Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI).
Por disposiciones fiscales en México, es obligación de los patrones expedir y entregar a sus trabajadores los comprobantes fiscales de nómina en Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI).
No expedir este tipo de comprobantes fiscales es una omisión que puede ser denunciada y valerle a las empresas el pago de multas por el incumplimiento de esta obligación fiscal.
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) cuenta con un servicio de recuperación de facturas electrónicas con el cual los contribuyentes puedan obtener los comprobantes fiscales que no les fueron entregados, sólo basta con ingresar la contraseña o firma electrónica y los datos del emisor.
No importa qué tipo de empresa sea, ya que de acuerdo a la Regla 2.7.5.1. de la Resolución Miscelánea Fiscal vigente desde 2015, la obligación de expedir y entregar recibos de nómina en Comprobante Fiscal Digital por Internet es de uso general y aplica tanto para el sector privado como para el público. De manera que inclusive las dependencias del gobierno deben expedir los recibos de nómina en formato electrónico, tal y como lo deben hacer las empresas privadas.
Los recibos de nómina en Comprobante Fiscal Digital por Internet deben ser emitidos preferentemente en los días en que se paguen las remuneraciones, pero es mejor que se generen antes de realizar los pagos. Una vez realizado el pago, la ley establece que los patrones podrán contar con un periodo de gracia para expedir y entregar recibos de nómina que va de los 3 a 11 días hábiles de acuerdo con el número de trabajadores o asimilados a salarios con los que se cuente.
Si el patrón cuenta con:
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