Enlace DOF

Acuerdo por el que se dan a conocer los porcentajes y los montos del estímulo fiscal, así como las cuotas disminuidas del impuesto especial sobre producción y servicios aplicables a los combustibles que se indican, correspondientes al periodo que se especifica.


Acuerdo 51/2021

KARINA RAMÍREZ ARRAS, Titular de la Unidad de Política de Ingresos no
Tributarios de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con fundamento en
lo dispuesto por el artículo Primero del Decreto por el que se establecen
estímulos fiscales en materia del impuesto especial sobre producción y
servicios aplicables a los combustibles que se indican, publicado en el Diario
Oficial de la Federación el 27 de diciembre de 2016 y sus posteriores
modificaciones, se dan a conocer los porcentajes y los montos del estímulo
fiscal, así como las cuotas disminuidas del impuesto especial sobre producción
y servicios aplicables a los combustibles automotrices, correspondientes al
periodo comprendido del 17 al 23 de abril de 2021, mediante el siguiente

ACUERDO

Artículo Primero. Los porcentajes del estímulo fiscal para el periodo
comprendido del 17 al 23 de abril de 2021, aplicables a los combustibles
automotrices son los siguientes:

Combustible Porcentaje de Estímulo
Gasolina menor a 91 octanos 30.31%
Gasolina mayor o igual a 91 octanos y combustibles no fósiles 0.00%
Diésel 1.64%

Artículo Segundo. Los montos del estímulo fiscal para el periodo
comprendido del 17 al 23 de abril de 2021, aplicables a los combustibles
automotrices son los siguientes:

Combustible Monto del estímulo fiscal (pesos/litro)
Gasolina menor a 91 octanos $1.5505
Gasolina mayor o igual a 91 octanos y combustibles no fósiles $0.0000
Diésel $0.0924

Artículo Tercero. Las cuotas para el periodo comprendido del 17 al 23 de
abril de 2021, aplicables a los combustibles automotrices son las siguientes:

Combustible Cuota (pesos/litro)
Gasolina menor a 91 octanos $3.5643
Gasolina mayor o igual a 91 octanos y combustibles no fósiles $4.3192
Diésel $5.5288

TRANSITORIO

ÚNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su
publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Ciudad de México, a 15 de abril de 2021.- Con fundamento en el artículo
Primero, último párrafo del Decreto por el que se establecen estímulos
fiscales en materia del impuesto especial sobre producción y servicios
aplicables a los combustibles que se indican, en suplencia del C.
Subsecretario de Hacienda y Crédito Público, la Titular de la Unidad de
Política de Ingresos No Tributarios, Karina Ramírez Arras.- Rúbrica.

Lo último en hacendaria.com

Notas relacionadas

Más en Enlace DOF

Destacado en hacendaria.com

Fiscal

Conozca los detalles más relevantes sobre esta obligación, cuándo se presenta, cómo se determina y en qué situaciones es posible exentarla.

Fiscal

Emergen detalles sobre la Operación Hermes, una trama con la que se eliminaron hasta 722 nombres de cuentas bancarias de la Lista de Personas Bloqueadas de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP).

Empresa

Al iniciar un nuevo negocio, es importante tomar en cuenta los aspectos que van a determinar el esquema fiscal más adecuado de acuerdo a las circunstancias en que se lleve a cabo.

Finanzas

GBM Homebroker ahora conocido como GBM+ y Bursanet de Actinver son posiblemente las plataformas de trading más confiables en México por la trayectoria de las empresas que las respaldan.
Lo último en SubastaSAT
CASA HABITACION

CASA HABITACION

$1,144,800.00

Avalúo:  $1,717,200.00

Casa Habitación

Casa Habitación

$635,333.00

Avalúo:  $953,000.00

PARCELA

PARCELA

$22,537.00

Avalúo:  $33,806.00

Casa habitación

Casa habitación

$425,333.00

Avalúo:  $638,000.00

LOTE DE TERRENO DEL PREDIO "EL SAUCO" DIVISION 1

LOTE DE TERRENO DEL PREDIO "EL SAUCO" DIVISION 1

$2,891,203.00

Avalúo:  $4,336,805.00

CASA HABITACIÓN PARTE ALÍCUOTA (50%)

CASA HABITACIÓN PARTE ALÍCUOTA (50%)

$1,066,667.00

Avalúo:  $1,600,000.00