Enlace DOF

Acuerdo por el que se dan a conocer los porcentajes y los montos del estímulo fiscal, así como las cuotas disminuidas del impuesto especial sobre producción y servicios aplicables a los combustibles que se indican, correspondientes al periodo que se especifica.


Acuerdo 102/2020

KARINA RAMÍREZ ARRAS, Titular de la Unidad de Política de Ingresos no
Tributarios de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con fundamento en
lo dispuesto por el artículo Primero del Decreto por el que se establecen
estímulos fiscales en materia del impuesto especial sobre producción y
servicios aplicables a los combustibles que se indican, publicado en el Diario
Oficial de la Federación el 27 de diciembre de 2016 y sus posteriores
modificaciones, se dan a conocer los porcentajes y los montos del estímulo
fiscal, así como las cuotas disminuidas del impuesto especial sobre producción
y servicios aplicables a los combustibles automotrices, correspondientes al
periodo comprendido del 26 de septiembre al 2 de octubre de 2020, mediante el
siguiente

ACUERDO

Artículo Primero. Los porcentajes del estímulo fiscal para el periodo
comprendido del 26 de septiembre al 2 de octubre de 2020, aplicables a los
combustibles automotrices son los siguientes:

Combustible Porcentaje de Estímulo
Gasolina menor a 91 octanos 0.00%
Gasolina mayor o igual a 91 octanos y combustibles no fósiles 0.00%
Diésel 0.00%

Artículo Segundo. Los montos del estímulo fiscal para el periodo
comprendido del 26 de septiembre al 2 de octubre de 2020, aplicables a los
combustibles automotrices son los siguientes:

Combustible Monto del estímulo fiscal (pesos/litro)
Gasolina menor a 91 octanos $0.000
Gasolina mayor o igual a 91 octanos y combustibles no fósiles $0.000
Diésel $0.000

Artículo Tercero. Las cuotas para el periodo comprendido del 26 de
septiembre al 2 de octubre de 2020, aplicables a los combustibles automotrices
son las siguientes:

Combustible Cuota (pesos/litro)
Gasolina menor a 91 octanos $4.950
Gasolina mayor o igual a 91 octanos y combustibles no fósiles $4.180
Diésel $5.440

TRANSITORIO

ÚNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su
publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Ciudad de México, a 24 de septiembre de 2020.- Con fundamento en el artículo
Primero, último párrafo del Decreto por el que se establecen estímulos
fiscales en materia del impuesto especial sobre producción y servicios
aplicables a los combustibles que se indican, en suplencia del C.
Subsecretario de Hacienda y Crédito Público, la Titular de la Unidad de
Política de Ingresos No Tributarios, Karina Ramírez Arras.- Rúbrica.

Lo último en hacendaria.com

Notas relacionadas

Más en Enlace DOF

Destacado en hacendaria.com

Fiscal

Conozca los detalles sobre el Complemento de Servicios de Plataformas Tecnológicas que entrará en vigor el próximo 1 de Junio de 2019 y algunos aspectos positivos para tomar en cuenta.

Conceptos

El Artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación vigente desde el 2014, es una herramienta de combate a la evasión fiscal por facturación y deducción simuladas.

Fiscal

Conozca cuáles son las atribuciones o facultades de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) de acuerdo a la Ley General de Deuda Pública.

Empresa

Jóvenes Construyendo el Futuro es un programa que busca que personas de entre los 18 y 29 años desarrollen fortalezas y hábitos profesionales haciendo sinergia con empresas, instituciones o pequeños negocios en una relación donde ambas partes se benefician.
Lo último en SubastaSAT
LAPTOP COLOR ROJO

LAPTOP COLOR ROJO

$8,693.00

Avalúo:  $13,040.00

Casa habitación-bien inmueble

Casa habitación-bien inmueble

$906,667.00

Avalúo:  $1,360,000.00

50% CASA HABITACION

50% CASA HABITACION

$633,333.00

Avalúo:  $950,000.00

CASA HABITACION

CASA HABITACION

$567,333.00

Avalúo:  $851,000.00

CASA HABITACION EN CALLE 16 NUMERO 10

CASA HABITACION EN CALLE 16 NUMERO 10

$229,333.00

Avalúo:  $344,000.00

DEPARTAMENTO

DEPARTAMENTO

$3,969,333.00

Avalúo:  $5,954,000.00